Imagen del logo vector para la denominación de origen protegída e indicación geográfica protegída
best website templates

Diario Oficial de la Unión Europea

TÍTULO II
DENOMINACIONES DE ORIGEN PROTEGIDAS E INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS

Requisitos para las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por «denominación de origen» un nombre que identifica un producto, originario de un lugar determinado, una región o, excepcionalmente, un país,
cuya calidad o características se deben fundamental o exclusivamente a un medio geográfico particular, con los factores naturales y humanos inherentes a él, y cuyas fases de producción tengan lugar en su totalidad en la zona geográfica definida.

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por «indicación geográfica» un nombre que identifica un producto, originario de un lugar determinado, una región o un país, que posea una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda esencialmente atribuirse a su origen geográfico, y de cuyas fases de producción, una al menos tenga lugar en la zona geográfica definida. (1)

Referencias a enlaces externos:

(1) Diario Oficial de la Unión Europea ⎮  REGLAMENTO (UE) No 1151/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 

(2) Logo vector Denominación de origen protegida ⎮VECTOR LOGO

(3) Logo vector Indicación Geográfica Protegida ⎮ VECTOR LOGO



Contacto: info@colorxcodex.com ⎮ Política de Cookies

Página web creada por Susana deOliveira con la tecnología de ©Copyright 2019 Mobirise - All Rights Reserved